Abogado de Accidentes de Bicicleta en California
Si un carro te derribó en bicicleta en California, llama al 911 y pide un reporte policial, ve al doctor el mismo día, toma fotos de la bicicleta y del lugar, pide los datos del conductor y de los testigos, y guarda la bicicleta y el casco sin repararlos. En la vía pública tienes los mismos derechos que un carro.

¿Tengo los mismos derechos que un carro si voy en bicicleta?
La ley de California trata a la bicicleta como un vehículo en la vía pública. El ciclista debe obedecer los semáforos y las señales, y a cambio tiene derecho a usar el carril y a que los conductores le cedan el paso cuando corresponde.
Los conductores están obligados a rebasar a un ciclista dejando una distancia segura. Cuando no es posible mantener esa distancia, deben reducir la velocidad y rebasar solo cuando sea seguro.
¿Cómo ocurren la mayoría de los accidentes de bicicleta?
- Vuelta a la derecha delante del ciclista, cuando el conductor rebasa y luego gira cruzándose.
- Vuelta a la izquierda contra un ciclista que viene de frente.
- Apertura de puerta de un auto estacionado sobre el carril de bicicletas.
- Salida de un conductor desde una entrada o estacionamiento sin mirar.
- Conductor que invade el carril de bicicletas.
- Rebase demasiado cerca.
- Pavimento en mal estado, rejillas de alcantarilla mal orientadas y baches, que en bicicleta provocan caídas graves.
El "dooring" y quién responde
Abrir la puerta de un auto estacionado en el camino de un ciclista es una causa frecuente de accidentes serios, porque el ciclista no tiene tiempo de reaccionar y frecuentemente sale proyectado hacia el carril de tráfico.
En California la responsabilidad de abrir una puerta con seguridad recae en quien la abre, y eso incluye a pasajeros, no solo al conductor. En un vehículo de transporte por aplicación, eso puede involucrar además al conductor del servicio.
¿Y si no traía casco?
En California el casco es obligatorio para menores de 18 años. Para adultos no lo es en la mayoría de las circunstancias.
Si eras adulto y no traías casco, eso no elimina tu derecho a reclamar. Puede usarse para argumentar que contribuiste a la gravedad de una lesión de cabeza, lo que podría reducir esa parte de tu compensación, pero no afecta el resto de tus lesiones ni la responsabilidad del conductor por haberte derribado.
¿Qué lesiones son más comunes en bicicleta?
Como en motocicleta, no hay estructura de protección:
- Traumatismo craneoencefálico y conmociones.
- Fracturas de clavícula, muñeca y brazo, por caer con las manos extendidas.
- Fracturas de cadera y pierna.
- Lesiones de columna.
- Road rash y quemaduras por fricción con el pavimento.
- Lesiones dentales y faciales.
¿Qué debo hacer después de un accidente en bicicleta?
- Llama al 911 y pide un reporte policial. Muchos ciclistas no lo hacen y después no tienen registro de nada.
- Acepta la evaluación médica en la escena. La adrenalina puede ocultar lesiones serias.
- Consigue datos del conductor y de los testigos.
- Toma fotos de la bicicleta, del vehículo, del lugar, del carril y de tus lesiones.
- No repares ni deseches la bicicleta ni el casco. Guárdalos como están.
- Conserva la ropa y el equipo dañados.
- Busca atención médica el mismo día aunque puedas seguir pedaleando.
- No des una declaración grabada a la aseguradora del conductor antes de consultar.
¿Y si el conductor huyó?
Ocurre con frecuencia en accidentes de bicicleta. Tu propia póliza de auto, o la de un familiar en tu hogar, puede incluir cobertura para conductores sin seguro que aplique aunque tú ibas en bicicleta y no manejando. Vale la pena revisarlo antes de asumir que no hay de dónde recuperar.
Revisado por Kyle Nielsen
Abogado con licencia en California, Colegio de Abogados #212960.
Preguntas frecuentes
No traía casco. ¿Todavía puedo reclamar?
Sí. Para adultos el casco no es obligatorio en California en la mayoría de las circunstancias. No traerlo podría reducir la parte de la compensación relacionada con una lesión de cabeza, pero no elimina tu derecho a reclamar.
Me abrieron la puerta de un carro encima. ¿Quién responde?
En California la obligación de abrir una puerta con seguridad recae en quien la abre, incluyendo pasajeros. Si ocurrió con un vehículo de transporte por aplicación, puede involucrar también al conductor del servicio.
Iba en la banqueta cuando me atropellaron. ¿Cambia mi caso?
Puede afectar el análisis de responsabilidad, porque algunas ciudades de California regulan el uso de bicicleta en banquetas. Aun así, el conductor sigue obligado a manejar con cuidado razonable, y bajo negligencia comparativa pura tu compensación se reduciría sin eliminarse.
El conductor se fue. ¿Puedo recuperar algo?
Es posible. La cobertura para conductores sin seguro de tu propia póliza o la de un familiar en tu hogar puede aplicar aunque ibas en bicicleta.
¿Afecta mi estatus migratorio?
No. Puedes presentar un reclamo por un accidente de bicicleta en California sin importar tu estatus migratorio.
¿Cuánto cuesta la consulta?
Nada. Es gratuita, confidencial y sin compromiso.
Artículos relacionados
Esta información es general y no constituye asesoría legal para tu caso específico. Los plazos varían según los hechos de cada caso; no dependas de esta página para determinar una fecha límite.
