Discriminación por discapacidad en el trabajo en Illinois
En Illinois, tu patrón no te puede tratar peor por una discapacidad física o mental. Por lo general tiene que darte un ajuste razonable para que puedas hacer tu trabajo, salvo que le cause una dificultad muy grande. Tampoco te puede castigar por pedirlo. Confírmalo con un abogado.
Preguntas frecuentes sobre este tema →
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¿Qué dice la ley de Illinois sobre la discapacidad en el trabajo?
La Ley de Derechos Humanos de Illinois, en 775 ILCS 5, protege a las personas con discapacidad en el trabajo. Bajo 775 ILCS 5/2-102(A), tu patrón no puede negarse a contratarte, despedirte, pagarte menos, negarte un ascenso ni tratarte peor por una discapacidad.
Por lo general, la protección aplica cuando puedes hacer las tareas principales de tu trabajo, con o sin un ajuste. Si tu discapacidad no tiene que ver con tu capacidad de hacer el trabajo, tu patrón no la puede usar en tu contra.
Por lo general, esta ley aplica a patrones con uno o más empleados. Eso quiere decir que protege también a quienes trabajan en negocios chicos. Confirma con un abogado cómo aplica a tu trabajo.
¿Qué cuenta como discapacidad?
La ley de Illinois, en 775 ILCS 5/1-103, define la discapacidad de forma amplia. Puede ser física o mental. Algunos ejemplos:
- Problemas para caminar, ver u oír.
- Enfermedades de largo plazo, como diabetes, epilepsia, cáncer o problemas del corazón.
- Condiciones de salud mental, como depresión, ansiedad o trastorno bipolar.
- Lesiones de espalda o de otras partes del cuerpo que duran mucho tiempo.
- Condiciones de aprendizaje o del desarrollo.
La ley también puede protegerte si tu patrón cree que tienes una discapacidad, aunque no la tengas, o si tuviste una en el pasado. No tienes que tener una discapacidad visible para estar protegido.
¿Qué es un ajuste razonable?
Es un cambio en tu trabajo o en la forma de hacerlo que te ayuda a trabajar con tu discapacidad. En inglés se dice reasonable accommodation. Tu patrón por lo general tiene que darte un ajuste razonable, salvo que le cause una dificultad excesiva. En inglés se dice undue hardship. Eso quiere decir un costo o un problema muy grande para el negocio, y por lo general le toca al patrón probarlo.
Algunos ejemplos de ajustes razonables:
- Cambiar tu horario para tus citas médicas o tratamientos.
- Darte una silla, un escritorio especial o un programa de computadora.
- Hacer un lugar más fácil de usar, como con una rampa.
- Darte descansos más seguidos.
- Dejarte trabajar desde tu casa algunos días, si el trabajo lo permite.
- Cambiarte a otro puesto vacante que puedas hacer.
- Darte un tiempo libre para tu tratamiento.
¿Qué puede hacer tu patrón y qué no?
Esta tabla da ejemplos generales. Cada caso es distinto.
| Ajustes razonables que puedes pedir | Lo que tu patrón por lo general no puede hacer |
|---|---|
| Un cambio de horario para tus citas. | Despedirte por tener una discapacidad. |
| Una silla o equipo especial. | Negarte un ajuste solo porque no le gusta, sin una dificultad real. |
| Descansos más seguidos. | Castigarte por pedir un ajuste. |
| Trabajo desde casa, si el puesto lo permite. | Hacerte preguntas médicas que no tienen que ver con el trabajo. |
| Un cambio a un puesto vacante. | Contar tu información médica a tus compañeros. |
| Tiempo libre para tu tratamiento. | No contratarte por una discapacidad que no afecta el trabajo. |
¿Cómo pides un ajuste?
No tienes que usar palabras legales. Basta con decirle a tu patrón que tienes una condición de salud y qué cambio necesitas en tu trabajo. Lo mejor es hacerlo por escrito, para que quede prueba.
- Habla con tu doctor sobre qué necesitas para hacer tu trabajo.
- Escribe un mensaje o correo corto a tu supervisor o a recursos humanos.
- Explica qué ajuste necesitas y por cuánto tiempo, si ya lo sabes.
- Guarda una copia del mensaje y de la respuesta.
- Si te dicen que no, pide que te expliquen por escrito por qué.
Tu patrón por lo general tiene que hablar contigo de buena fe para buscar una solución. Puede ofrecerte otro ajuste distinto al que pediste, si de verdad te funciona. También puede pedirte una nota del doctor que explique lo que necesitas, pero por lo general no tiene derecho a ver todo tu expediente médico.
¿Te pueden hacer preguntas médicas antes de contratarte?
Por lo general no. Antes de ofrecerte el trabajo, el patrón por lo general no puede preguntarte si tienes una discapacidad, qué enfermedades tienes o qué medicinas tomas. La ley federal para personas con discapacidad, en 42 U.S.C. 12112(d), pone estos límites. Sí te pueden preguntar si puedes hacer las tareas del trabajo.
Después de ofrecerte el trabajo, el patrón puede pedir un examen médico, pero por lo general solo si se lo pide a todas las personas en ese puesto. La información médica tiene que guardarse aparte y en privado. Si te retiraron una oferta después de un examen médico, habla con un abogado.
¿Qué señales pueden mostrar discriminación?
No siempre te lo dicen de frente. A veces el trato peor empieza poco después de que tu patrón se entera de tu discapacidad o de que pides un ajuste. Algunas señales:
- Te quitan tareas, turnos u horas sin una razón clara.
- Tu jefe hace comentarios sobre tu salud, tus medicinas o tus citas.
- Empiezan a criticar tu trabajo cuando antes no lo hacían.
- Te dejan fuera de reuniones, capacitaciones o ascensos.
- Ignoran tu pedido de ajuste o lo dejan pasar sin contestar.
- Te dicen que no regreses hasta que estés completamente sano.
Una sola cosa no siempre prueba discriminación. Pero cuando varias pasan juntas, pueden ayudar a mostrar lo que está pasando. Anota cada una con la fecha, lo que pasó y el nombre de quién estuvo presente. Guarda tus evaluaciones de trabajo, sobre todo las buenas de antes. Esas evaluaciones pueden mostrar que tu trabajo era bueno antes de que tu patrón supiera de tu discapacidad.
Si tu discapacidad viene de una lesión del trabajo, también puede haber un reclamo de compensación laboral aparte. Lee la guía sobre cómo presentar un reclamo en Illinois.
¿Qué pasa con la ley federal?
Además de la ley de Illinois, existe una ley federal para personas con discapacidad. En inglés se llama Americans with Disabilities Act, o ADA. La parte de empleo está en 42 U.S.C. 12112 y por lo general aplica a patrones con 15 empleados o más. Las dos leyes pueden aplicar a la vez. La de Illinois cubre también a patrones más chicos. Un abogado puede decirte cuál conviene usar en tu caso.
¿Te pueden castigar por pedir un ajuste?
No. Según 775 ILCS 5/6-101(A), es ilegal castigarte por ejercer tus derechos bajo la Ley de Derechos Humanos. Eso incluye pedir un ajuste, quejarte de discriminación o ayudar en una investigación. Un castigo puede ser despedirte, bajarte las horas, cambiarte a un turno peor o darte malas evaluaciones de repente.
Si te pasa algo así poco después de pedir un ajuste, anota las fechas y guarda los mensajes. Lee la guía sobre represalias laborales en Illinois.
¿Cómo te quejas y cuánto tiempo tienes?
Por lo general, la queja se presenta ante el Departamento de Derechos Humanos de Illinois, conocido como IDHR. Bajo 775 ILCS 5/7A-102, por lo general tienes 2 años desde el hecho para presentar la queja. Confirma tu fecha con un abogado, porque depende de cuándo pasó cada cosa.
Para más sobre el proceso, lee la guía sobre discriminación laboral en Illinois. Si necesitas tiempo libre por tu salud, lee la guía sobre licencia familiar y médica en Illinois. Si te despidieron, lee la guía sobre despido injustificado en Illinois.
Palabras que te conviene conocer
- Ajuste razonable
- Un cambio en tu trabajo que te ayuda a trabajar con tu discapacidad.
- Dificultad excesiva
- Un costo o un problema muy grande para el negocio. Le toca al patrón probarlo.
- Tareas principales
- Las partes más importantes de tu trabajo, las que son la razón del puesto.
Abogado participante en Illinois
Abogado participante en Illinois
Cary Jay Wintroub
- Firma
- Cary J. Wintroub & Associates
- Registro de Illinois (ARDC)
- Activo y autorizado para ejercer
- Admitido
- 3 de noviembre de 1978
- Oficina
- 10 S LaSalle St, Chicago, Illinois 60603
- Áreas
- Lesiones personales, Compensación laboral, Empleo y derechos laborales
- Idiomas
- Español, Inglés
Preguntas frecuentes
¿Tengo que decirle a mi patrón cuál es mi diagnóstico?
No siempre. Para pedir un ajuste, por lo general basta con explicar que tienes una condición de salud y qué cambio necesitas. Tu patrón puede pedir una nota del doctor sobre lo que necesitas, pero por lo general no tiene derecho a ver todo tu expediente médico.
¿Mi patrón tiene que darme exactamente el ajuste que pedí?
No siempre. Tu patrón puede ofrecerte otro ajuste distinto, si de verdad te funciona para hacer tu trabajo. Por lo general tiene que hablar contigo de buena fe para buscar una solución. Si nada de lo que ofrece te funciona, anótalo y habla con un abogado.
¿La depresión o la ansiedad cuentan como discapacidad?
Pueden contar. La ley de Illinois define la discapacidad de forma amplia, y puede incluir condiciones de salud mental. Cada caso depende de cómo te afecta la condición. Confirma con un abogado si tu situación está protegida y qué ajustes podrías pedir en tu trabajo.
¿Me pueden despedir por faltar por mi tratamiento?
Depende del caso. Tiempo libre para tratamiento puede ser un ajuste razonable, y otras leyes de licencia también pueden protegerte. Pide el tiempo por escrito y guarda las notas del doctor. Si te despiden por faltas relacionadas con tu discapacidad, habla con un abogado lo antes posible.
¿Qué hago si me preguntaron por mi salud en una entrevista?
Anota las preguntas, la fecha y quién te las hizo. Antes de ofrecerte el trabajo, el patrón por lo general no puede preguntarte por tus enfermedades o medicinas. Sí puede preguntarte si puedes hacer las tareas del trabajo. Si no te contrataron después, habla con un abogado.
¿Me protege la ley si trabajo en un negocio chico?
Por lo general sí. La Ley de Derechos Humanos de Illinois aplica a patrones con uno o más empleados. La ley federal por lo general aplica solo a patrones con 15 empleados o más. Confirma con un abogado cómo aplican las dos leyes a tu trabajo.
¿Necesito un abogado para quejarme ante el IDHR?
No es obligatorio, pero puede ayudarte mucho. La queja tiene papeles, fechas y reglas que pueden ser difíciles de seguir solo. Un abogado puede ordenar tus pruebas y cuidar tu plazo. La consulta es gratis, confidencial y en español, y tú decides si quieres seguir adelante.
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Cary Jay Wintroub, Cary J. Wintroub & Associates. Oficina: 10 S LaSalle St, Chicago, Illinois 60603.
