Tipos de beneficios de compensación laboral en Illinois
En Illinois, la compensación laboral por lo general paga tu tratamiento médico, parte de tu salario mientras no puedes trabajar o trabajas menos, un pago si te queda un daño permanente y, a veces, ayuda para aprender otro trabajo. Qué te toca depende de tu lesión. Confírmalo con un abogado.
Preguntas frecuentes sobre este tema →
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¿Qué beneficios existen en la compensación laboral de Illinois?
La Ley de Compensación para Trabajadores de Illinois, en 820 ILCS 305, da varios tipos de beneficios a quien se lastima o se enferma por su trabajo. No todos aplican a todos. Algunos son para mientras te recuperas. Otros son para cuando la lesión deja un daño que no se quita.
Esta página explica cada tipo en palabras sencillas. No da cantidades, porque cada pago depende de tu salario, de tu lesión y de las fechas de tu caso. Un abogado puede revisar qué te toca a ti.
| Beneficio | Qué cubre, en general |
|---|---|
| Tratamiento médico | Doctores, hospital, cirugía, medicinas y terapia razonables para tu lesión de trabajo (305/8(a)). |
| Incapacidad temporal total | Parte de tu salario mientras tu doctor dice que no puedes trabajar nada (305/8(b)). |
| Incapacidad temporal parcial | Parte de la diferencia de salario si haces trabajo ligero y ganas menos mientras te recuperas (305/8(a)). |
| Incapacidad parcial permanente | Un pago si te queda un daño que no se quita, según la parte del cuerpo afectada (305/8(d) y 8(e)). |
| Incapacidad total permanente | Pagos para los casos más graves, cuando ya no puedes hacer ningún trabajo estable (305/8(f)). |
| Rehabilitación vocacional | Ayuda para aprender otro trabajo o buscar empleo si no puedes volver al de antes (305/8(a)). |
| Beneficios por muerte | Pagos para la familia que dependía del trabajador que murió (305/7). |
¿Qué cubre el tratamiento médico?
Según 820 ILCS 305/8(a), tu patrón, por medio de su aseguranza, por lo general tiene que pagar el tratamiento médico razonable y necesario para curar o aliviar tu lesión de trabajo. Puede incluir:
- Visitas al doctor y a la sala de emergencias.
- Estudios como rayos X o resonancias.
- Cirugías y estancias en el hospital.
- Medicinas que te recete el doctor.
- Terapia física.
- Aparatos como muletas, férulas o sillas de ruedas.
Por lo general no tienes que pagar de tu bolsa el tratamiento de una lesión cubierta. Si te llega una cuenta médica, no la ignores. Guárdala y pregunta a un abogado qué hacer. También hay reglas sobre qué doctores puedes escoger. Confírmalas con un abogado antes de cambiar de doctor.
¿Qué pasa si no puedes trabajar nada?
Si tu doctor dice que no puedes trabajar mientras te recuperas, por lo general te toca incapacidad temporal total. Los abogados le dicen TTD, por sus siglas en inglés. Está en 820 ILCS 305/8(b).
Es un pago de una parte de tu salario, no de todo. Por lo general sigue mientras el doctor diga que no puedes trabajar, o hasta que tu condición ya no va a mejorar más. Hay unos días de espera al principio, y reglas sobre cuándo se pagan esos días. La cantidad depende de lo que ganabas antes de lastimarte, con límites que pone la ley.
Para que no se corten los pagos, ve a todas tus citas y guarda cada nota del doctor que diga que no puedes trabajar. Si los pagos paran de repente, no esperes. Pregunta por qué y habla con un abogado.
¿Y si puedes hacer trabajo ligero?
A veces el doctor dice que puedes trabajar, pero con límites. Por ejemplo, sin cargar peso o solo medio día. A eso se le dice trabajo ligero o con restricciones.
Si tu patrón te da trabajo ligero y ganas menos que antes mientras te recuperas, por lo general te toca incapacidad temporal parcial. Es un pago de una parte de la diferencia entre lo que ganabas y lo que ganas ahora. Está en 820 ILCS 305/8(a).
Si tu patrón no tiene trabajo ligero que respete tus límites, por lo general sigues con la incapacidad temporal total. Lleva siempre por escrito tus restricciones y dale copia a tu patrón. Si te piden hacer algo que tu doctor prohibió, anótalo.
¿Qué pasa si te queda un daño permanente?
Cuando llegas al punto en que tu lesión ya no va a mejorar más, el doctor puede decir que te quedó un daño permanente. Por ejemplo, menos fuerza en la mano, una rodilla que ya no dobla bien o dolor de espalda que no se quita. Para eso existe la incapacidad parcial permanente, conocida como PPD.
La ley, en 820 ILCS 305/8(e), tiene una lista de partes del cuerpo, como la mano, el brazo, la pierna o el ojo. Cada una tiene un número de semanas de pago. El pago depende del porcentaje de pérdida que se decide para esa parte. Las lesiones que no están en esa lista, como la espalda, por lo general se miden como un porcentaje de la persona completa, bajo 820 ILCS 305/8(d)2.
Si tu lesión te obliga a tomar un trabajo que paga menos, puede haber otra forma de pago bajo 305/8(d)1. Para más detalles, lee las guías sobre lesiones de espalda y lesiones de rodilla y hombro en Illinois.
¿Qué es la incapacidad total permanente?
Es para los casos más graves. Aplica cuando la lesión te deja sin poder hacer ningún trabajo estable. Está en 820 ILCS 305/8(f).
La ley también trata algunas pérdidas muy graves como incapacidad total. Por ejemplo, perder las dos manos, los dos brazos, los dos pies, las dos piernas o la vista de los dos ojos. En estos casos los pagos por lo general son de por vida. Estos casos son complicados. Confirma con un abogado si el tuyo puede calificar.
¿Qué es la rehabilitación vocacional?
Si tu lesión no te deja volver al trabajo que hacías antes, la ley, en 820 ILCS 305/8(a), puede cubrir ayuda para prepararte para otro trabajo. Puede incluir:
- Una evaluación de lo que puedes hacer ahora.
- Clases o entrenamiento para aprender otro oficio.
- Ayuda para buscar empleo que respete tus límites.
No siempre se ofrece sola. A veces hay que pedirla. Si tu doctor dice que no puedes volver a tu trabajo, pregunta a un abogado si este beneficio aplica en tu caso.
¿Qué pasa si el trabajador murió?
Si una persona muere por un accidente o una enfermedad del trabajo, su familia puede tener derecho a beneficios por muerte bajo 820 ILCS 305/7. Lee la guía sobre muerte por accidente laboral en Illinois para saber quién puede reclamar.
¿Qué pasa con tus beneficios cuando vuelves a trabajar?
Cuando tu doctor te da de alta para trabajar, los pagos temporales por lo general cambian o se terminan. Si regresas con restricciones y ganas menos, puede aplicar la incapacidad temporal parcial. Si regresas sin restricciones, los pagos temporales normalmente paran.
Volver a trabajar no quiere decir que se acabó tu caso. El tratamiento médico de tu lesión puede seguir, y el pago por daño permanente por lo general se decide después, cuando tu lesión ya no mejora más. No firmes papeles que digan que ya estás bien si todavía tienes dolor o límites. Pregunta primero a un abogado.
¿Cómo empiezas a recibir tus beneficios?
- Avisa a tu patrón de tu lesión, por lo general dentro de 45 días (820 ILCS 305/6(c)).
- Ve al doctor y di que te lastimaste en el trabajo.
- Guarda todas las notas del doctor y tus talones de pago.
- Anota cada pago que te llega, con la fecha.
- Si te niegan o te cortan un beneficio, pide ayuda pronto.
Lee la guía sobre cómo presentar un reclamo en Illinois. Si ya te negaron algo, lee la guía sobre qué hacer si niegan tu reclamo. Por lo general tienes 3 años desde el accidente, o 2 años desde el último pago, para presentar tu caso ante la Comisión (820 ILCS 305/6(d)). Confirma tu fecha con un abogado.
Palabras que te conviene conocer
- TTD
- Incapacidad temporal total: pagos mientras no puedes trabajar nada.
- TPD
- Incapacidad temporal parcial: pagos si ganas menos haciendo trabajo ligero.
- PPD
- Incapacidad parcial permanente: un pago por un daño que no se quita.
- Máxima mejoría médica
- El punto en que el doctor dice que tu lesión ya no va a mejorar más.
Abogado participante en Illinois
Abogado participante en Illinois
Cary Jay Wintroub
- Firma
- Cary J. Wintroub & Associates
- Registro de Illinois (ARDC)
- Activo y autorizado para ejercer
- Admitido
- 3 de noviembre de 1978
- Oficina
- 10 S LaSalle St, Chicago, Illinois 60603
- Áreas
- Lesiones personales, Compensación laboral, Empleo y derechos laborales
- Idiomas
- Español, Inglés
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo del doctor por una lesión de trabajo?
Por lo general no. En Illinois, la aseguranza de tu patrón normalmente paga el tratamiento médico razonable y necesario para tu lesión de trabajo. Si te llega una cuenta médica, no la ignores ni la pagues sin preguntar. Guárdala y habla con un abogado para saber qué hacer con ella.
¿Me pagan todo mi salario mientras no puedo trabajar?
No, por lo general te pagan solo una parte. La cantidad depende de lo que ganabas antes de la lesión y tiene límites que pone la ley de Illinois. Guarda tus talones de pago de antes del accidente, porque sirven para revisar que el pago esté bien calculado. Confírmalo con un abogado.
¿Qué hago si cortan mis pagos de incapacidad de repente?
Pregunta por escrito por qué los cortaron y guarda la respuesta. Revisa que hayas ido a todas tus citas y que tengas tus notas del doctor. Un corte de pagos se puede disputar ante la Comisión de Compensación para Trabajadores de Illinois. Habla con un abogado pronto para no perder tiempo.
¿Puedo recibir más de un tipo de beneficio?
Sí, por lo general. Muchas personas reciben tratamiento médico y pagos por incapacidad temporal al mismo tiempo. Después, si queda un daño permanente, puede haber otro pago. Cada beneficio tiene sus propias reglas. Un abogado puede revisar tu caso y decirte cuáles pueden aplicar a ti en Illinois.
¿Cuándo se decide el pago por daño permanente?
Por lo general, cuando tu doctor dice que tu lesión ya no va a mejorar más. A ese punto se le dice máxima mejoría médica. Antes de eso, normalmente sigues con tratamiento y pagos temporales. No firmes un acuerdo sin entender cuánto daño te quedó. Pregunta primero a un abogado.
¿Me pueden despedir por recibir beneficios de compensación?
No debería pasar. La ley de Illinois, en 820 ILCS 305/4(h), prohíbe que tu patrón te despida o te castigue por ejercer tus derechos de compensación laboral. Si pasa, guarda mensajes, fechas y nombres. Habla con un abogado, porque puede haber un reclamo aparte por ese castigo.
¿Los trabajadores sin papeles reciben estos beneficios?
Por lo general, la compensación laboral de Illinois cubre a los empleados que se lastiman en el trabajo, y la ley no pide que muestres papeles migratorios para recibir tratamiento médico. Algunos beneficios pueden tener reglas distintas. La consulta es confidencial. Confirma con un abogado qué aplica a tu caso.
Pregunta qué beneficios te pueden tocar
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Cary Jay Wintroub, Cary J. Wintroub & Associates. Oficina: 10 S LaSalle St, Chicago, Illinois 60603.
